05/07/2017
Los establecimientos penitenciarios cuentan con personal sanitario propio con el fin de garantizar el derecho a la salud de las personas que se encuentran en prisión. Estos profesionales son los responsables tanto de la atención sanitaria individualizada como de la aplicación y el desarrollo de los programas de salud a través de los cuales se articula dicha atención.
Consultas médicas o de enfermería, a demanda del interno o programadas por el profesional, en función del seguimiento ordinario de una patología o en el marco de los programas de salud específicos.
Servicio de atención urgente, que fuera de la jornada ordinaria de trabajo, se realiza durante 24 horas por médicos y enfermeros.
Ingreso en el departamento de enfermería para vigilancia y cuidados intermedios.
Toma de muestras para analíticas básicas, estudios radiológicos básicos (en centros de mayor tamaño) y otras pruebas diagnósticas (electrocardiografía, ecografías,…)
Prestación farmacéutica, basada en la Guía farmacoterapéutica de Instituciones Penitenciarias.